JCE aclara que tatuajes no impiden obtener la cédula y confirma que no es obligatorio cubrirlos con maquillaje para la fotografía oficial.
La Junta Central Electoral (JCE) aclaró que las personas con tatuajes en el rostro no están obligadas a cubrirlos con maquillaje para obtener la cédula de identidad y electoral. La institución respondió a un video difundido en redes sociales en el que dos jóvenes aseguraban que debían ocultar sus tatuajes para poder fotografiarse y evitar ser discriminados al momento de buscar empleo.
En el audiovisual, uno de los jóvenes aparece maquillándose mientras afirma: “¿Tú crees que es justo? Mira cómo estamos nosotros maquillándonos la cara para que nos puedan dar un trabajo, para poder sacar la cédula maquillándonos, para tapar los tatuajes porque tú puedes salir limpiecito en la cédula, pero si tú tienes tatuajes ‘delincuente’”. Ante esta situación, la JCE precisó que el único requisito es que el rostro y las orejas permanezcan completamente visibles para garantizar la precisión del sistema de reconocimiento biométrico.
La institución explicó que para la fotografía oficial no se permite cubrir el rostro con accesorios como lentes, aretes de gran tamaño o piercings, además de que el cabello debe mantenerse despejado de la frente y los lados. Asimismo, indicó que el uso de maquillaje está permitido siempre que no altere de forma significativa las facciones ni distorsione la apariencia natural de la persona.

















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