SCJ de República Dominicana declara proyecto del AIB lesivo, enfatizando legalidad y transparencia en infraestructuras públicas.
La máxima instancia judicial de la República Dominicana, la Suprema Corte de Justicia (SCJ), ha emitido un veredicto contundente contra el proyecto del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB), determinando su carácter lesivo para el interés nacional. Este fallo anula efectivamente la viabilidad del proyecto tal y como fue originalmente concebido y respaldado.
El desenlace de esta batalla legal confirma las sospechas de irregularidades y corrupción que rodearon el proceso de aprobación del AIB y revoca el decreto ejecutivo emitido durante la transición gubernamental, que favorecía al grupo empresarial liderado por Abraham Hazoury y asociados.
Este pronunciamiento inapelable de la Suprema Corte establece firmemente que las decisiones sobre la construcción de infraestructuras aeroportuarias son definitivas y no sujetas a impugnación una vez juzgadas. La resolución subraya que cualquier acción del Poder Ejecutivo debe limitarse a aprobar o rechazar las decisiones del IDAC, sin exceder su mandato al designar directamente a los beneficiarios de contratos públicos, como se intentó en el decreto número 270-20.
La sentencia, unánime por parte de la Tercera Sala, analiza meticulosamente las bases de la decisión del IDAC durante la actual administración, revelando profundas fallas en el proceso de aprobación del AIB y destacando la falta de transparencia y debido proceso.
La Alta Corte también recalcó que la autorización para la construcción del AIB, una infraestructura de titularidad privada, ignoró los procedimientos legales establecidos. Se señala que cualquier infraestructura de esta índole requiere de un proceso de licitación público, conforme a la legislación vigente, para asegurar la transparencia y la igualdad ante la ley.
Con claridad y firmeza, la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia ha reafirmado que la omisión del proceso de licitación en el proyecto del Aeropuerto Internacional de Bávaro constituye una violación de los principios constitucionales de publicidad, transparencia y equidad administrativa.


















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