El Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminó que el término 'mujer' en la ley se refiere al sexo biológico, excluyendo a las personas trans con certificado de reasignación.
El Tribunal Supremo del Reino Unido resolvió este miércoles que la palabra “mujer”, dentro del marco de la Ley de Igualdad de 2010, debe entenderse exclusivamente en función del sexo biológico. El fallo, de carácter histórico, pone fin a años de litigio y aclara el uso legal del término, particularmente en espacios diferenciados como baños, vestuarios y centros deportivos.
La sentencia surge a raíz de una demanda contra el Gobierno escocés, que pretendía incluir a mujeres trans en las cuotas de paridad. El alto tribunal precisó que ni siquiera quienes poseen un certificado de reasignación de género pueden ser consideradas mujeres ante esta ley.
Organizaciones defensoras de derechos de las mujeres celebraron el dictamen, mientras que colectivos LGBTQ+ expresaron preocupación por sus implicaciones. Aun así, el Supremo reiteró que las personas trans continúan protegidas contra la discriminación por reasignación de género según la legislación vigente.

















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